Declaración Universal de los Derechos Humanos - Versión de PDHRE - no oficial
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Declaración Universal de los Derechos Humanos
-Resumen no oficial elaborado por PDHRE-
Elaborado con motivo del 60 aniversario de la Declaración de Derechos Humanos
Moviéndonos de la Caridad a la Dignidad
- Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales.
- Artículo 2 Todas las personas tienen los mismos derechos sin discriminación de ningún tipo.
- Artículo 3 Todas las personas tienen el derecho a la vida, la libertad y la seguridad.
- Artículo 4 Ninguna persona estará sometida a esclavitud o servidumbre.
- Artículo 5 Ninguna persona estará sometida a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Artículo 6 Todas las personas tienen, en cualquier parte, el derecho a ser reconocidas como personas ante la ley.
- Artículo 7 Todas las personas son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
- Artículo 8 Todas las personas tienen el derecho a que se haga justicia cuando sus derechos son violados.
- Artículo 9 Ninguna persona podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
- Artículo 10 Toda persona tiene derecho a un juicio justo.
- Artículo 11 Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que no sea probado su culpabilidad, conforme a ley y mediante juicio público.
- Artículo 12 Toda persona tiene el derecho a su privacidad.
- Artículo 13 Todas las personas tienen derecho a la libertad de movimiento, a elegir su país de residencia, a salir de y regresar a su propio país.
- Artículo 14 Toda persona tiene el derecho a asilo en cualquier país en caso de persecución.
- Artículo 15 Toda persona tiene el derecho a una nacionalidad.
- Artículo 16 Todas las personas adultas tienen derecho a casarse y formar una familia. Mujeres y hombres disfrutarán de los mismos derechos al matrimonio, a su disolución, y durante y después del mismo.
- Artículo 17 Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
- Artículo 18 Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
- Artículo 19 Todas las personas tienen derecho a la libertad de opinión y de expresión.
- Artículo 20 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
- Artículo 21 Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
- Artículo 22 Todas las personas tienen derecho a la seguridad social y a la realización de sus derechos económicos, sociales y culturales, indispensables para el logro de su dignidad.
- Artículo 23 Toda persona tiene derecho a trabajar, a condiciones justas de trabajo, a protección en caso de desempleo, a igual salario por igual trabajo, a una remuneración suficiente para garantizar una existencia digna para la misma persona y su familia, y a formar parte de un sindicato.
- Artículo 24 Toda persona tiene derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre.
- Artículo 25 Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
- Artículo 26 Toda persona tiene derecho a la educación.
- Artículo 27 Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad.
- Artículo 28 Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que estos derechos se hagan plenamente efectivos.
- Artículo 29 Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
- Artículo 30 Ninguna persona, grupo o gobierno tiene el derecho a negar o destruir ninguno de estos derechos. Ningún derecho humano puede violar otro derecho humano.
Elaborado por PDHRE, People’s movement for Human Rights Learning, NY.
Contacto: pdhre -@- igc.org
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