
Programación para trabajar la Educación en Derechos Humanos
Realizada por participantes del CURSO DERECHOS HUMANOS 2007, organizado por el Comité Coordinador del Programa Rosario Ciudad de Derechos Humanos y apoyado por PDHRE, el Movimiento de los Pueblos para el Aprendizaje en Derechos Humanos.
El curso, de 48 horas cátedra y con evaluación final, tiene como requisito aprobatorio, la presentación de una propuesta de aplicación práctica en las escuelas.
El curso fue Declarado de interés educativo por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe.
Caracterización del grupo:
Debido a que el presente es un trabajo grupal, decidimos aunar criterios y optar por el trabajo en instituciones de similares características. A saber, llevaremos a cabo el presente proyecto en escuelas en las que tenemos a cargo cursos de EGB 3, más precisamente en octavos y novenos años. Instituciones de gestión pública o privada (de aportes mínimos), de la ciudad de Rosario y ciudades vecinas.
Fundamentación:
Nuestro interés, una vez culminado el curso de Seguridad y Derechos Humanos, recae en enfocar nuestro proyecto en el módulo 5, es decir, en los niños/as y adolescentes como sujetos de derecho. Más precisamente, en dos artículos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. El recorte que hemos realizado se debe a que no podemos abarcar todos los artículos que quisiéramos en una jornada de trabajo como la que planteamos a continuación. De modo tal que hemos elegido los artículos Nº 28 y 291 como objeto de nuestro trabajo.
Nos interesa particularmente el derecho a la Educación y al desarrollo de sus capacidades ya que consideramos que la misma es el eje para su formación personal. Un/a niño/a o adolescente que no reciba educación, no puede reconocerse y reconocer en sus pares sus demás derechos. Consideramos que el valor de la educación genera en los alumnos/as una actitud de compromiso respecto de un tema que les toca como actores principales. De tal forma, intentamos hacer un pequeño aporte para mejorar las condiciones de educabilidad de los niños/as y adolescentes en tanto sujetos vulnerables, con necesidades específicas, muchas veces sólo suplidas a partir de la educación.
Asimismo, en nuestro caso, el derecho a la Educación es un asunto que nos interesa particularmente ya que constituye nuestra fuente de trabajo, ya que también somos actores participantes del proceso de enseñar y de aprender.
Objetivos generales:
- Generar espacios de reflexión, discusión y análisis sobre la importancia del derecho a la educación;
- Conocer el alcance constitucional del mismo;
- Reconocer a los pares y reconocerse uno mismo como sujetos de derecho.
Objetivos específicos:
- Que a través de las actividades propuestas, los alumnos logren:
- Reconocerse como partícipes del derecho a la Educación e involucrarse en situaciones concretas en las que éste se vea afectado;
- Expresar libremente sus opiniones, puntos de vista e inquietudes relacionadas con este tema.
Actividades a realizar:
- Juegos de integración: los alumnos se presentarán a través de técnicas y juegos que los ayude a “soltarse”, integrase con otros compañeros/as y los predisponga para el trabajo en grupos.
- Torbellino de ideas a partir de las palabras “derecho” y “educación”.
- Presentación a cargo del Docente coordinador de la Convención por los Derechos del Niño y del Adolescente. Mención particular de los artículos 28y 29. Articulación con los conceptos surgidos del torbellino de ideas.
- Lectura de artículos periodísticos, crónicas, noticias (ver anexo) que reflejen la problemática del derecho a la educación. Propuesta para la resolución grupal de la siguiente guía:
- a)¿A qué aspecto del derecho a la educación hace referencia este texto?
- b)¿Quiénes se ven afectados en esta situación? ¿De qué manera?
- c)¿A quién/es reconocen como responsables de esta situación?
- d)¿Qué podemos hacer nosotros como sujetos de derecho para que esta situación se revierta o mejore?
- Puesta en común y síntesis de conclusiones generales. Mención y explicación de nuevos conceptos (condición de sujeto de derecho, responsabilidad, intervención, etc.) por parte del docente coordinador.
- Propuesta de sugerencias grupales de actividades concretas. Las mismas podrán llevarse a cabo en el transcurso del ciclo lectivo, como resultado del compromiso de los alumnos/as y como promoción del ejercicio de sus derechos.
Actores involucrados:
Alumnos de octavo y noveno año de EGB 3 de diferentes escuelas, sus docentes y el docente coordinador.
Tiempo:
Una jornada de 7 horas cátedra (un turno de clase).
Recursos:
Una sala amplia o patio cubierto, mesas de trabajo, recortes periodísticos, afiches, fibrones, instrumentos de registro (cuadernos, lapiceras, etc.)
Resultados previstos:
Pensamos esta actividad como disparador y bien podría realizarse al comienzo del año. Por lo tanto, esperamos que a lo largo del ciclo lectivo puedan llevarse a cabo las propuestas de los alumnos y ver sus resultados. De esta manera, los mismos “se sentirán parte” de una propuesta y de participarán activamente del proceso educativo.
CONCLUSIONES:
De acuerdo con las actividades previstas y temas abordados, consideramos importante y necesaria una gestión ciudadana. Los actores involucrados serían los encargados de llevarla adelante desde sus diferentes lugares en la institución educativa y desde su participación ciudadana. La realización de dicha gestión debería llevarse a cabo, según nuestro punto de vista, desde las intervenciones directas y la participación en distintas propuestas, surgidas desde los propios intereses de los actores y participantes.
Es pertinente, además, la articulación con otras instituciones, tales como la Defensoría del Pueblo y organismos que trabajan desde diferentes ámbitos el tema de los Derechos Humanos.
Consideramos oportuno, además, la intervención del Comité Coordinador del programa “Rosario, Ciudad de Derechos Humanos” en actividades de apoyo, consulta, incluso como organismo participante de alguna de las actividades posteriores al presente proyecto.
Realizado por:
ALONSO, Georgina
BILLI, Mariana
CORINO, María Rosa
DE GASPERI, Jorge Luis
SOLIS, Mariana
Contacto:
Mariana Billi: billimariana -@- hotmail.com
Georgina Alonso: geor_alonso -@- hotmail.com
Anexo
Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, 1989.
Artículo 28
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, con objeto de conseguir progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular:
a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos;
b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que dispongan de ella y tengan acceso a ella todos los niños y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad;
c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos medios sean apropiados;
d) Hacer disponibles y accesibles a todos los niños la información y orientación en cuestiones educacionales y profesionales;
e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de abandono escolar.
2. Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar por que la disciplina escolar sea administrada de modo compatible con la dignidad humana y de conformidad con la presente Convención.
3. Los Estados Partes fomentarán y alentarán la cooperación internacional en cuestiones de educación, en particular a fin de contribuir a eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el mundo y a facilitar el acceso a los conocimientos técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. A este respeto se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo.
Artículo 29
1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:
a) El desarrollo de la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta su máximo potencial;
b) El desarrollo del respeto de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
c) El desarrollo del respeto de los padres del niño, de su propia identidad cultural, de su idioma y de sus valores, de los valores, de los valores nacionales del país en que vive el niño, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya;
d) La preparación del niño para una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;
e) El desarrollo del respeto del medio ambiente natural.
2. Nada de los dispuesto en este Artículo, o en el Artículo 28, se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares o de las entidades para establecer y dirigir las instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 de este Artículo y de que la educación impartida en tales instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el estado.